miércoles, junio 24, 2009

Comunicado de Prensa

En la Comisión Tercera
APROBADO EN PRIMER DEBATE EL COMPARENDO AMBIENTAL


A segundo debate paso el proyecto de acuerdo que establece el comparendo ambiental en la ciudad de Pereira, tras el debate que le dio esta mañana la comisión tercera del Concejo.

Alonso Molina Corrales, presidente de esa comisión, coordinador de la Bancada del Partido Liberal en el cabildo local y redactor del texto a nombre de esa colectividad indicó que con esta iniciativa se esta cumplimiento a la Ley 1259 de 2008 de 2009 o Ley del Comparendo Ambiental, cuyo autor fue el Representante a la Cámara y candidato de ese movimiento político al Senado de la República, Juan Carlos Valencia Montoya.

Por su parte el ponente de la iniciativa y presidente del Concejo de Pereira, Peterson Lopera Cardona expresó su satisfacción por la acogida que la iniciativa tuvo por parte de los diferentes sectores de la sociedad que participaron en el primer debate.

De otro lado, Molina Corrales precisó que el Comparendo Ambiental se constituye en un instrumento de cultura ciudadana, que tiene como objetivo el adecuado manejo de residuos sólidos y escombros, previniendo la afectación del medio ambiente y la salud pública, mediante sanciones pedagógicas y/o económicas a todas aquellas personas naturales o jurídicas que infrinjan la normatividad existente en materia de manejo de residuos sólidos; así como propiciar el fomento de estímulos a las buenas prácticas ambientalistas.

El proyecto establece que “será competente para el trámite del procedimiento policivo administrativo denominado comparendo ambiental, el Alcalde Municipal, quien podrá delegar dicha competencia en el Secretario de Gobierno, en los Inspectores Municipales de Policía, corregidores municipales, los inspectores Municipales de transito y los funcionarios de saneamiento ambiental Municipal”.

Indica igualmente que “la Empresa de Aseo de Pereira E.S.P., establecerá un sistema de monitoreo y recepción de denuncias, con el objeto de informar a las autoridades encargadas de la aplicación del comparendo ambiental, sobre hechos considerados por la normatividad como infracciones contra las normas ambientales de aseo”.

Así mismo, “los programas educativos para la concientización comunitaria derivados de la aplicación del comparendo ambiental deberán ser coherentes con los objetivos establecidos en el Plan de Gestión Integral de Residuos Sólidos – PGIRS de la ciudad de Pereira”.

La iniciativa precisa que “serán sujetos pasivos del Comparendo Ambiental todas las personas naturales o jurídicas, nacionales o extranjeros, públicas o privadas, que incurran en las infracciones contempladas en este reglamento”.

Aclara que “quienes dependan de personas jurídicas que presuntamente cometan infracciones a este reglamento, deberán comparecer ante la autoridad competente, en calidad de persona natural dependiente de la mencionada persona jurídica. También deberá comparecer el representante legal de la persona jurídica sindicada de la infracción. Si en el curso de la investigación se establece que el responsable directo de la infracción actuó independiente de voluntad, objeto o facultades de la persona jurídica, se seguirá la investigación solamente en contra de la persona natural desvinculando la persona jurídica”.

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